La convocatoria de subvenciones del 0,7% en Aragón tiene como finalidad promover el desarrollo de las personas y de los grupos en la sociedad, así como fomentar la cohesión social y el desarrollo comunitario. La Ley de Servicios Sociales de Aragón permite, entre otras acciones, subvencionar a instituciones que desarrollen actividades en la región y estén inscritas en el registro correspondiente.
El presupuesto total asignado es de 9.609.296,46 millones de euros.
El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles computados desde el día siguiente al de la publicación del extracto de esta convocatoria en el “Boletín Ofcial de Aragón”
Deben ser organizaciones sin ánimo de lucro con al menos dos años de constitución, debidamente inscritas en el registro correspondiente según su naturaleza jurídica. Además, no pueden tener deudas pendientes con la Comunidad Autónoma de Aragón ni con la Seguridad Social. Las entidades deben contar con fines institucionales adecuados para las actividades financiables en la convocatoria y desarrollar sus actividades de manera efectiva en el territorio de Aragón, acreditando disponer de sede o delegación física en la región. Asimismo, deben haber justificado correctamente las ayudas económicas recibidas en convocatorias anteriores, si las hubieran. Las agrupaciones de organizaciones también pueden optar a estas subvenciones, siempre que indiquen los compromisos de cada miembro y nombren un representante, en caso de no tener personalidad jurídica.
a)Programas de atención a las personas con necesidades de atención integral socio sanitaria.
b) Programas de atención a las personas con necesidades educativas o de inserción laboral.
c) Proyectos de inversión destinados a financiar equipamiento y obras de nueva construcción, adaptación y rehabilitación de centros y unidades de atención social y sociosanitaria, necesarias para su puesta en funcionamiento y/o para poder prestar a las personas una atención adecuada y de calidad, así como los gastos necesarios para la terminación de programas de inversión financiados en convocatorias anteriores, conforme al proyecto de inversión subvencionado.
Los proyectos deben estar alineados con los fines sociales establecidos en la convocatoria.